La OMC reafirma fallo favorable a la Argentina

El Órgano de Apelación de la OMC confirmó el fallo de julio pasado que declara ilegales los derechos antidumping que aplican los EE.UU. a los tubos para campos petrolíferos (OCTG) de Argentina. De esta forma queda firme el fallo, que determinó que las medidas antidumping aplicadas a estos productos argentinos desde el año 2000 no tiene respaldo en las normas de la OMC.


En adición, el Órgano de Apelación rechazó el reclamo de Estados Unidos en materia de procedimiento, por el cual pedía la revocación del fallo por cuestiones formales que, durante el procedimiento ante el Panel, habían sido planteadas como cuestiones preliminares y, sobre las cuales, el Panel ya había dado la razón a Argentina.

El Órgano de Apelación confirmó asimismo que la legislación de los Estados Unidos (Tariff Act de 1930) al establecer presunciones en materia de recurrencia del dumping infringe las normas multilaterales y que la Reglamentación de la Ley citada también vulnera derechos sustantivos y de procedimiento que el Acuerdo otorga a los Miembros de la OMC.

También confirmó que el Boletín de Políticas Comerciales de los EE UU es una medida cuestionable, y si bien modificó la conclusión del Panel en cuanto a su inconsistencia –en función exclusivamente del razonamiento utilizado por el Panel– el Órgano de Apelación, en su fallo, tampoco confirmó que la misma satisfaga el standard de legalidad del Acuerdo antidumping.

A la luz del fallo que será obligatorio luego de que sea adoptado por el Órgano de Solución de Diferencias de la OMC, los Estados Unidos deberán cumplir con sus obligaciones OMC respecto de la Argentina.

MABC