Uruguay impone restricciones a importaciones argentinas
Las autoridades uruguayas anunciaron la imposición de aranceles extrazona a la importación de productos argentinos que provengan de las provincias beneficiadas con el régimen de promoción industrial: San Luis, La Rioja, San Juan y Catamarca. Si bien la medida está en línea con el pedido de Uruguay y Paraguay de trabajar en la profundización del Mercosur y de tratar en profundidad la cuestión de las asimetrías, la noticia generó un gran impacto, por su coincidencia con el difícil momento que transita la relación entre ambos países por el conflicto relacionado con las pasteras sobre el río Uruguay, explica un informe de la consultora abeceb.
La imposición de aranceles extrazona (AEC, arancel que todos los miembros del Mercosur cobran a las importaciones provenientes de terceros países) está contemplada en Uruguay para los casos en los que se verifican distorsiones de precios causadas por políticas de estímulos regionales y sectoriales, tal cual las autoridades uruguayas interpretan estaría practicando Argentina.
Estrictamente, esta medida está en línea con el pedido que tanto Uruguay como Paraguay vienen realizando al interior del bloque, en relación a la necesidad de profundizar el Mercosur y de realizar un tratamiento profundo en la cuestión de las asimetrías.
La justificación en este sentido es que si bien en el Mercosur se ha consagrado el libre comercio, existen compromisos asumidos por los socios respecto de los cuales no se han verificado avances, lo que perjudica especialmente a los socios menores del Mercosur. Tales compromisos se refieren a la necesidad de dar tratamiento a la ejecución de políticas públicas de cada socio y a los incentivos a la producción nacional.
En este sentido, Uruguay entiende que las Zonas de Promoción Industrial (las 4 provincias mencionadas) y las retenciones a las exportaciones implementadas por la Argentina sitúan a los productores uruguayos en desventaja respecto de su contraparte argentina. Además, los efectos de estas políticas prolongan sus efectos más allá del período en que son implementadas, sostiene abeceb.
De hecho, ya existían derechos específicos aplicados por Uruguay a las importaciones provenientes de San Luis, San Juan, Catamarca y La Rioja, con respecto a un universo acotado de productos que se listan en el decreto Nº 550/03 de ese país.
1. Los principales aspectos de la medida
El decreto emitido por Uruguay establece que el Ejecutivo podrá fijar un arancel igual o menor al arancel extrazona del Mercosur, o al arancel efectivamente aplicado por Uruguay a las importaciones desde países no miembros del bloque, a las importaciones provenientes desde Argentina cuando se cumpla alguna de las siguientes condiciones:
Primera
a) el producto importado se produce en alguna de las 4 provincias argentinas con régimen de promoción industrial, o bien es producido por grupos económicos con plantas instaladas en alguna de estas provincias, y además está incluido en el listado del decreto Nº 550 del 2003.
a) el producto no está incluido en el decreto Nº 550, pero está sujeto, el mismo producto o sus principales insumos, a una tasa de retención mayor o igual al 10%.
Segunda
El producto no está incluido en el decreto Nº 550 de 2003, pero cumple con las siguientes condiciones:
a) se produce en alguna de las 4 provincias argentinas promocionadas, o bien es producido por grupos económicos con plantas instaladas en alguna de estas provincias.
b) Las importaciones desde la Argentina representan al menos el 30% de las importaciones totales de Uruguay de ese producto en los últimos 12 meses.
c) Las importaciones provenientes de la Argentina representan al menos el 20% de la producción uruguaya de ese producto en los últimos 12 meses.
Resumiendo, la medida genera inquietud porque no sólo reemplaza a los derechos específicos actualmente en vigencia, y aplicables a los productos originarios de las provincias promocionadas, sino que además extiende la aplicación de aranceles a los productos que tengan retenciones iguales o superiores al 10%, o incluso aquellos en que sus insumos principales estén sujetos a retenciones de este nivel.
Además, también alcanza (con limitaciones) a la producción de empresas que no provengan de las provincias promocionadas, pero tengan alguna planta de producción instalada en ellas.
Si bien la medida por lo expuesto anteriormente tiene su racionalidad, es difícil despegar su aplicación del marco del conflicto que sostienen ambos países por causa de las pasteras, sostiene el informe de la consultora dirigida por Dante Sica.
2. Algunos números preliminares sobre el impacto
2.1. Los datos generales del comercio entre Argentina y Uruguay
Tomando como referencia los niveles de comercio de los últimos 10 años, se observan varios hechos a destacar:
- El comercio, que ha sufrido las oscilaciones de los niveles de actividad de los países, ha mantenido un continuo superávit para Argentina
- Desde el año 2002, las exportaciones argentinas a Uruguay han tendido a incrementarse paulatinamente, pasando de U$S 521 millones en el 2002 a U$S 828 millones en los primeros 9 meses de 2006. Mientras que las importaciones si bien han aumentado en el mismo lapso, aún son inferiores a los niveles de la segunda mitad de los años noventa.
Comercio entre Argentina y Uruguay. En millones de U$S.
Fuente: abeceb.com
- Entre los principales productos vendidos por Argentina a Uruguay en 2006 sobresalen aviones (11,8%) y energía (10,8%), seguidos por abonos, vehículos, productos químicos varios, maíz, cueros, fuel oil y azúcar, entre otros.
- Por su parte, entre las principales importaciones desde Uruguay se distinguen las autopartes: ejes con diferencial (representa el 8,3% de las compras), chasis con motor y cabina (6,8%), seguido por tractores, otras autopartes, botellas, productos químicos y cueros, entre otros.
2.2. Los productos del Decreto 550/03
En el Decreto 550/03 de Uruguay figuran 63 productos (posiciones a 8 dígitos del Nomenclador Común del MERCOSUR) que representan más del 6% de las exportaciones totales de Argentina a la nación vecina. Por estos productos, nuestro país exportó en los primeros 9 meses de 2006 por un monto que se aproxima a los U$S 52,5 millones.
Entre los más importantes se destacan Azúcar de caña o remolacha y sacarosa químicamente pura (NCM 1701.99.00), Preparaciones tensoactivas para lavar (NCM 3402.20.00), Botellas y frascos de plástico (NCM 3923.30.00), Pañales para bebés (NCM 4818.40.10), etc.-
El impacto en las provincias
Al observar la situación de las exportaciones de las provincias promocionadas, la más afectada en términos absolutos sería San Luis que lleva vendido a Uruguay más U$S 3,62 millones en el 2006 sólo en concepto de los productos del Decreto 550/03, lo cual representa el 58,4% de las ventas puntanas totales al país oriental. El principal producto exportado se trata de pañales para bebés (68,4% de las exportaciones de San Luis entre los productos del decreto), seguido de lejos por Polvos para fabricación de alimentos (budines, cremas y gelatinas); Papel higiénico; Mayonesa y Chocolate.
En los casos de Catamarca y La Rioja, la incidencia es menor. Para Catamarca se destaca el rubro de Bombones, caramelos, confites y pastillas; y en mucha menor escala, Polvos para fabricación de alimentos (budines, cremas y gelatinas). Para La Rioja, la importancia pasa por las Bolsas de polimeros de etileno. En el caso de San Juan, no se verificaron exportaciones de productos contemplados en el Decreto 550/03.
Exportaciones a Uruguay en provincias promocionadas. En millones de U$S. Enero-septiembre 2006.
Fuente: abeceb.com