Parlamento MERCOSUR en sesión inaugural

El lunes 7 de mayo, se llevó a cabo la primera sesión del Parlamento del MERCOSUR en el Palacio Legislativo de Uruguay, con lo que se inició la primera etapa de transición del órgano legislativo. A partir de su segundo tramo organizativo en 2010, el Parlamento quedará constituido por representantes electos por sufragio directo; lo más destacado de sus competencias, según señala Daniel Rosano*, es que se constituirá en un Mecanismo de Consulta Obligatorio.


El Parlamento del MERCOSUR integra la estructura institucional del MERCOSUR y sustituye a la Comisión Parlamentaria Conjunta, CPC.

El Parlamento del MERCOSUR será unicameral y su integración original, hasta 2010, será de 18 legisladores por cada uno de los miembros plenos: Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, los cuales tendrán voz y voto. Sin embargo, debido a que los congresos de Paraguay y Brasil aún no aprobaron la incorporación de Venezuela como miembro pleno del bloque, los legisladores venezolanos podrán integrar el Parlamento del Mercosur con voz, pero sin voto. Su condición será igual a la del resto de los integrantes una vez que el país caribeño obtenga el estatus de miembro pleno.

Esta composición se mantendrá hasta el 31 de diciembre de 2010, mientras que para antes de esa fecha todos los países miembros plenos del MERCOSUR deberán convocar a elecciones especiales de legisladores, con la finalidad que a partir del 1º de enero de 2011 el nuevo Parlamento esté integrado por representantes electos por los ciudadanos para el desempeño de sus cargos.

Desde entonces, el desempeñarse como legislador del MERCOSUR será una actividad "incompatible" con cualquier otro cargo electivo. Será recién en 2014 cuando el Parlamento se ajuste al sistema representativo proporcional. Así, la representación de cada país ante el órgano legislativo del MERCOSUR variará. Brasil pasará a contar con 36 miembros, Argentina tendrá 32 y el resto de los países dispondrán respectivamente de 18 legisladores.

1ª Etapa de la Transición 31/12/2006 - 31/12/2010.

En la 1ª Etapa, Parlamento integrado por 18 parlamentarios por cada uno de los Estados Parte.
En este interin, el organismo del MERCOSUR tendrá que adoptar una propuesta que deberá elevar al Consejo Mercado Común, CMC, para que este apruebe una Decisión, a más tardar el 31/12/2007, vinculado al tema de la integración del Parlamento de conformidad a un criterio de representación ciudadana, aplicable a partir de la 2° Etapa de Transición.

2° Etapa de la Transición 1/1/2011 - 31/12/2014.

En su composición final -dado que se constituye por etapas- se integrará por representantes electos por sufragio universal, directo y secreto.
Son Actos del Parlamento:
A) los Dictámenes.
B) los Proyectos y Anteproyectos de Normas.
C) Las Declaraciones.
D) Las Recomendaciones.
E) Los Informes y Disposiciones.

Deberá el Parlamento en esta primera etapa adoptar, por mayoría calificada (se requerirá el voto afirmativo de la mayoría absoluta -el voto de más de la mitad del total de los miembros- de integrantes de la representación parlamentaria de cada Estado Parte. Ejemplo: 18 Parlamentarios por país; la Mayoría Absoluta es igual a 10; por 4 Estados Parte, es igual a 40), una propuesta que deberá elevar al CMC para que este apruebe una Decisión, a más tardar el 31/12/2007, vinculado al tema de la integración del Parlamento de conformidad a un criterio de representación ciudadana, aplicable a partir de la 2º Etapa de Transición.

En la 2ª Etapa de la Transición, todos los parlamentarios en ejercicio durante este lapso, deberán ser electos directamente antes de su inicio, pudiendo sus mandatos tener una duración diferente a la establecida en el art. 10 -los parlamentarios tendrán un mandato común de 4 años, contados a partir de la fecha de asunción en el cargo, pudiendo ser reelectos-, por única vez.

Todos los parlamentarios deberán haber sido elegidos por los ciudadanos de los Estados Parte a través de sufragio directo, universal y secreto.
A propuesta del Parlamento, el CMC establecerá -antes de fines del año 2012-, el “Día del MERCOSUR Ciudadano” para la elección de los parlamentarios, de forma simultánea en todos los Estados Partes, a través de sufragio directo, universal y secreto de los ciudadanos. Esta 1ª elección, tendrá lugar durante el año 2014.

Los candidatos a parlamentarios deberán cumplir con los requisitos exigibles para ser diputado nacional, según el derecho del Estado Parte respectivo.

Competencias del Parlamento

A) de índole política:

1) Efectuar pedidos de informes u opiniones por escrito, sobre cuestiones vinculadas al desarrollo del proceso de integración, a los órganos decisorios y consultivos del MERCOSUR.
2) Recibir, al inicio y al finalizar de cada semestre, a la Presidencia Pro Témpore del MERCOSUR; para que presente el programa de trabajo, como un informe sobre las actividades realizadas, respectivamente.
3) Recibir, dentro del 1° semestre de cada año, un informe sobre la ejecución del presupuesto de la Secretaría del MERCOSUR del año anterior.
4) Emitir, por iniciativa propia o a solicitud de otros órganos del MERCOSUR, declaraciones, recomendaciones e informes sobre cuestiones vinculadas al desarrollo del proceso de integración.
5) Velar por la preservación del régimen democrático en los Estados Parte.
6) Invitar, por medio de la Presidencia Pro témpore del CMC, a los representantes de los órganos del MERCOSUR, para informar y/o evaluar el desarrollo del proceso de integración.
7) El Parlamento del MERCOSUR podrá solicitar Opiniones Consultivas al Tribunal Permanente de Revisión (TPR).

Recordar que el TPR, con sede en Asunción, Paraguay, es el órgano supremo del bloque en materia de interpretación y aplicación del Derecho del MERCOSUR.
Como el rol que tiene el Parlamento del MERCOSUR es fundamental en la estructura institucional de bloque, es absolutamente imprescindible que cuente con todos los instrumentos necesarios para llevar adelante sus cometidos; con lo cual se justifica la potestad de plantear Opiniones Consultivas.

B) de índole legislativa:

1) Mecanismo de Consulta Obligatorio:
Finalidad: acelerar los procedimientos internos/nacionales correspondientes de entrada en vigor de las normas MERCOSUR en los Estados Parte.
Elaboración de dictamenes, en un plazo de noventa (90) días de efectuada la consulta al Parlamento MERCOSUR, sobre todos los proyectos de normas del MERCOSUR que requieran aprobación legislativa en uno o varios Estados Parte.

Dichos proyectos, deberán ser enviados al Parlamento MERCOSUR, por el órgano decisorio del MERCOSUR, antes de su aprobación.

Si el proyecto de norma del MERCOSUR es aprobado, a posteriori, por el órgano decisorio, de conformidad con los términos del dictamen del Parlamento MERCOSUR, la norma MERCOSUR deberá ser remitida, por cada Poder Ejecutivo Nacional, al Parlamento Nacional del respectivo Estado Parte, dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) días, contados a partir de dicha aprobación.

Los Parlamentos Nacionales, según los procedimientos internos correspondientes, deberán adoptar las medidas necesarias para la instrumentación o creación de un procedimiento preferencial (cuyo plazo máximo de duración será de hasta ciento ochenta -180- días corridos, contados a partir del ingreso de la norma MERCOSUR al respectivo Parlamento Nacional del Estado Parte) para la consideración de las normas del MERCOSUR que hayan sido adoptadas de conformidad con los términos del dictamen del Parlamento del MERCOSUR.

Si dentro del plazo de ese procedimiento preferencial, el Parlamento Nacional del Estado Parte rechaza la norma, ésta deberá ser reenviada al Poder Ejecutivo para que la presente a la reconsideración del órgano correspondiente del MERCOSUR.

Si el proyecto de norma del MERCOSUR no es aprobado por el órgano decisorio, de conformidad con los términos del dictamen del Parlamento MERCOSUR o si éste no se hubiere expedido en el plazo de noventa (90) días, la norma MERCOSUR que finalmente apruebe el órgano decisorio del MERCOSUR, seguirá su trámite ordinario de incorporación.

C) de índole ciudadana:

1) Elaborar y publicar anualmente un informe sobre la situación de los derechos humanos en los Estados Parte. (No hay que perder de vista aquí al Protocolo de Asunción sobre Compromiso con la Promoción y Protección de los Derechos Humanos del MERCOSUR - Dec. 17/05 - aprobado en la Argentina por la Ley n° 26109).
2) Realizar reuniones semestrales con el Foro Consultivo Económico-Social a fin de intercambiar informaciones y opiniones sobre el desarrollo del MERCOSUR.
3) Organizar reuniones públicas con entidades de la sociedad civil y los sectores productivos.
4) Recibir, examinar y, en su caso, canalizar hacia los órganos decisorios del MERCOSUR, peticiones de cualquier particular de los Estados Parte, sean personas físicas o jurídicas, relacionadas con actos u omisiones de los órganos del MERCOSUR.

La composición del Parlamento en su etapa de transición

A continuación, un repaso de los nombres de los legisladores que integrarán el órgano deliberativo regional, editado en el último número del Boletín SOMOS MERCOSUR

Argentina

Argentina designó a los diputados Alfredo Atanasof, Alberto Balestrini, Rafael Bielsa, Fernando Chironi, Eduardo Macaluse, Jorge Sarghini, Héctor Daza, Ricardo Jano y Eduardo Macaluse y a la diputada Beatriz Rojkes para integrar el órgano legislativo regional.
En tanto, las senadoras y los senadores que representarán a la República Argentina en el Parlamento del MERCOSUR son: José Mayans, Roberto Ríos (Presidente de la delegación), Adolfo Rodríguez Saa, Ricardo Taffarel, Elida Vigo y Isabel Viudes. Graciela Bar, Lilina Capos y Guillermo Jenefes.

Brasil

La delegación brasileña está comuesta por los diputados: Cezar Schirmer, Dr. Rosinha, George Hilton, Max Rosenmann, Claudio Diaz, Geraldo Resende, Germano Bonow, Beto Albuquerque y José Paulo Tóffano.
Los senadores Pedro Simon, Geraldo Mesquita Júnior, Efraim Morais, Romeu Tuma, Aloizio Mercadante, Sérgio Zambiasi, Cristovam Buarque, Inácio Arruda y la senadora Marisa Serrano completan la representación del país norteño.

Paraguay

El senador paraguayo Alfonso González Núñez presidirá la primera sesión del Parlamento del MERCOSUR, función que ya ejerce de modo provisorio desde el 14 de diciembre de 2006, fecha en que el Parlamento del Mercosur fuera instalado en la ciudad de Brasilia.
La delegación parlamentaria paraguaya se conforma además con la senadora Ada Solalinde y sus colegas senadores Herminio Cáceres, Alfredo Ratti, Miguel Carrizosa, Marcelo Duarte, Oscar Denis, Eusebio Ramón Ayala, Modesto Guggiari y Jorge Oviedo Matto, además de los diputados Miguel Corrales, Raúl Sánchez, Luciano Cabrera, César López, Mario Coronel, Carlos Martínez, Efraín Alegre, Carlos Paoli y Héctor Lacognata.

Uruguay

La delegación uruguaya estará compuesta por los diputados Juan José Bentancur, Roberto Conde, Juan José Domínguez, Doreen Ibarra, Rúben Martínez Huelmo, Enrique Pintado (será sustituido provisoriamente por José Mahía, hasta tanto deje de ejercer como Presidente de la Cámara de Diputados de Uruguay), Carlos González Alvarez, Pablo Iturralde, Germán Cardoso y la diputada Adriana Peña.
Los senadores Eduardo Lorier, Rafael Michelini, Jorge Saravia, Eduardo Ríos, Gustavo Borsari, Eber Da Rosa, Francisco Gallinal y Gustavo Penadés también formarán parte de la representación oriental.

Venezuela

Venezuela, que concurre a esta sesión inaugural con voz pero sin voto, a diferencia de los restantes países, lo hace con nueve legisladores. Ellos son Saúl Ortega (Presidente de la Delegación), Carlos Escarrá, Alfredo Murga, Marelis Perez Marcano, Ricardo Sanguino, Aurora Morales, Loa Tamaronis, Alberto Castellar y Erasmo Marcano.


* Ponencia en el Colegio de Abogados de la Plata de Daniel H. ROSANO, Director del Instituto de Derecho de la Integración del Colegio de Abogados de Quilmes. Coordinador de la Comisión de la Abogacía para el MERCOSUR del Consejo Consultivo de la Sociedad Civil de la Cancillería Argentina. Comisión Permanente del MERCOSUR del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires (COLPROBA). danielrosano@arnet.com.ar

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