Economía de mercado y cálculo del anti dumping

19/09/2016.- En relación al debate público suscitado con respecto a un supuesto riesgo de ‘invasión’ de productos chinos al mercado latinoamericano a partir de diciembre de 2016, cuando Argentina deberá tratar a China como una ‘economía de mercado’, parece de interés hacer algunas consideraciones.


Cuando China se integró a la Organización Mundial de Comercio (OMC) en el 2001, la muy extendida participación -e intervención- de su gobierno en la economía motivó que los socios comerciales de China no pudieran confiar plenamente en los datos disponibles sobre los verdaderos costos de producción y, por tanto, temían no poder determinar el verdadero valor de mercado de un bien en casos de anti-dumping.

Consecuentemente, se añadió una provisión al acuerdo de acceso de China a la OMC que permitía a sus socios comerciales a utilizar métodos especiales de cálculo de tarifas anti-dumping (denominados Non Market Economy – NME) por un periodo de quince años que expira el 11 de diciembre de 2016.  Es así que los socios comerciales de China utilizan una fórmula especial para calcular el nivel de tarifas anti-dumping que toma en cuenta las distorsiones de una economía con fuerte intervención estatal, pero dando a China un plazo cierto para incorporar gradualmente mecanismos de mercado en su economía.

Más allá de la retórica, es claro para todo el mundo que hay partes de la economía china que funcionan según las tendencias del mercado (especialmente, el sector privado de la industria manufacturera) y otras partes (mayormente empresas de propiedad del estado) que continúan operando con fuerte intervención estatal. Se destacan en este último grupo -y ello admitido por las propias autoridades chinas- los sectores de acero, carbón y aluminio que cuentan con una marcada sobrecapacidad de producción que han gozado de subsidios y otras ayudas gubernamentales con marcadas distorsiones no sólo en el comercio internacional sino también para la economía local.

Hay voces que reclaman que en diciembre de 2016 no se reconozca a China como una economía de mercado; en realidad, el protocolo de acceso a la OMC no requiere que los socios comerciales de ese país lo definan como una economía de mercado, sino que -simplemente- específica que se termine de utilizar la metodología NME en casos de anti-dumping. Este es un importante factor para tener en cuenta en el debate y, de forma más práctica, algo que indica el camino a seguir en lo sucesivo.

Todo socio comercial de China debe cumplir con sus compromisos y dejar de utilizar la metodología NME en diciembre próximo; por otra parte, cualquier medida que se tome que afecte al comercio internacional deberá estar dentro del marco de la OMC y no ser aplicable sólo a China, ya que ello desvirtuaría el propósito que dio lugar a la creación del organismo que fue promover reglas claras e iguales para todos los miembros de la comunidad internacional.

Es decir, más que continuar debatiendo si se debe o no ‘declarar’ a China como una economía de mercado, es mucho más necesario (y práctico) negociar firmemente dentro (y fuera) de la OMC, protegiendo los intereses genuinos nacionales, utilizando todas las herramientas disponibles del sector público y privado para asegurar que ningún país pueda exportar sus problemas de sobrecapacidad al resto de sus socios comerciales, evitando así caer en trampas hiperproteccionistas que, está probado, no han contribuido al desarrollo del país.

 

(*) Mario Quinteros, Yi Consulting Ltd., Guangzhou, para Revista Dang Dai

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