El Proyecto Sudamericano de Naciones

Los acuerdos parciales, antecesores al Tratado MERCOSUR - CAN dieron sustento al nacimiento de la Comunidad Sudamericana de Naciones, consagrada en la reunión de Cusco de diciembre de 2004. Un panorama general de estos acuerdos referenciados en ALADI, bajo cuyo paraguas jurídico nace el MERCOSUR, fue desarrollado por el Ministro Gustavo Moreno a lo largo de una extensa ponencia en el Centro Argentino de Relaciones Internacionales. Además de hacer referencia al tema comercial, que llevará complicadas negociaciones, el Subsecretario de Asuntos Latinoamericanos hizo hincapié en distintos ejes a ser desarrollados en este proceso de integración, como el de infraestructura IIRSA, los de política general, los vinculados a la seguridad, lo social y lo educativo; un enorme abanico de temas de interés común. Una primera Reunión de Vicecancilleres desarrollada en Lima el último 7 de marzo, ya acordó la forma de conducir el proceso. Corresponderá a los Presidentes definir las grandes directrices estratégicas para la construcción de la Comunidad, asesorados por sus Cancilleres.


Las bases jurídicas de lo que es hoy el Proyecto Sudamericano de Naciones es el objeto de esta Ponencia. En este sentido, no se puede hablar de integración sudamericana sin referirse a ALADI (Asociación Latinoamericana de Integración). La ALADI contaba con once países miembros, y en el año 2000 se integra Cuba, dado que cuando se firma el Tratado de Montevideo de 1980, en los países latinoamericanos gobernaban muchos regímenes militares y no existía una cláusula democrática como la que hay hoy en MERCOSUR.

Las bases jurídicas de la Integración

La ALADI es un acuerdo muy amplio, reconocido en el seno del GATT ( que se transformaría más tarde OMC) como acuerdo entre países en vías de desarrollo. Esto le prové a la organización la Cláusula de Habilitación de Nación más Favorecida, por la cual los beneficios otorgados a los doce países miembros quedan restringidos a los signatarios del Acuerdo, sin necesidad de que se extiendan a otros países. En ALADI hay tres países con menor desarrollo relativo (Bolivia, Ecuador y Paraguay), tres de alto desarrollo (Argentina, Brasil y México) y el resto en un estadio de desarrollo intermedio (Chile, Colombia, Cuba, Perú, Uruguay y Venezuela).

Dentro de la misma ALADI, la Cláusula de Habilitación determina que cualquier preferencia otorgada entre los países de mayor desarrollo se debe ceder a los de economías menores. Esta es la explicación por la que Cuba ingresa como país intermedio después de veintiún años de inaugurada la ALADI; fue una de las condiciones de ingreso para evitar el traslado de todos los beneficios anteriores al nuevo miembro.

Los acuerdos de ALADI, de acuerdo con la Cláusula de Habilitación de OMC, pueden ser de alcance regional o general entre países en desarrollo. Son Acuerdos de Alcance Parcial; de naturaleza comercial; de complementación económica; agropecuarios; o de promoción del comercio.

Comunidad Andina – CAN

La CAN es un ejercicio de integración preexistente a la ALADI, verdadero eje de la Integración Regional. Fue concretado a través del Acuerdo en Cartagena del 26 de mayo de 1969. Sus Miembros Plenos: Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela. En la década del ’70, Chile ingresará como miembro por pocos años, para retirarse como país independiente de estos procesos de integración latinoamericana. Incluso Perú, a fines de la década del ’90, se retira por un par de meses para luego regresar, lo que denota dificultades estructurales en su crecimiento de integración.

La CAN, a diferencia del MERCOSUR, tiene más años de vida y cuenta con estructuras de carácter supranacional que permite que los acuerdos alcanzados entre esos miembros, una vez aprobados en la Secretaría de la Comunidad quedan automáticamente internalizados en cada país. También se diferencia de la ALADI en cuanto a que es depositaria de los acuerdos entre países, pero recién entran en vigencia cuando las normativas son aprobadas en los respectivos ámbitos nacionales. Por otra parte, la CAN dispone de un Órgano Parlamentario, uno de los objetivos del MERCOSUR. También dispone de un órgano de carácter comercial que extiende los beneficios de los acuerdos alcanzados entre algunos de los países de la organización al resto de sus integrantes.

Mientras la CAN ha avanzado más que el MERCOSUR en términos institucionales, éste lo hizo en el ámbito comercial más que la Comunidad Andina. Es el balance supranacionalidad / comercio real. Desde su instauración en 1991 el MERCOSUR quintuplicó su comercio, lo que no ocurrió con la CAN.

En la década del ’80, a nivel regional se produjeron acuerdos bilaterales con preferencias fijas en listas de productos, que determinaban disminución en los costos aduaneros. Por ejemplo, si Argentina negociaba un 50% de preferencias en sus exportaciones de carne a Colombia, este porcentaje se calculaba sobre el arancel aplicado por ese país a sus importaciones cárnicas. Es decir, en la década del ’80 las preferencias eran fijas ya que se aplicaban sobre aranceles fijos, lo que hacía también que los ingresos de los países fueran fijos.

El MERCOSUR nace bajo el paraguas jurídico de la ALADI, se trata del ACE No 18. al no tener entidad propia frente a la OMC, el MERCOSUR utiliza el Tratado de Montevideo de 1980 de ALADI para encuadrarse.

A diferencia de los acuerdos de integración de la década del ’80, el MERCOSUR comienza apuntando a la conformación de una zona de libre comercio, de preferencias fijas sobre tarifas fijas de productos. Lo que diferencia este acuerdo de los del ’80 es que cuando hablamos de ZLC pasamos a un estadio mayor de integración que implica que todos los productos van a ser negociados en algún punto del proceso, ya no solamente una lista. Lo que será negociado es el universo de productos con una perspectiva novedosa, que es alcanzar en algún momento el arancel común “0” en el siguiente estadio de integración más avanzado, el de la Unión Aduanera. Se trata de Acuerdos de “Nueva Generación”.

La ALADI tiene la obligación de registrar cada dos años los procesos de integración que se hayan producido en su área. En 1991 el MERCOSUR fue registrado como la profundización de un proceso de integración entre países en desarrollo. La aprobación de esta categorización del MERCOSUR está en estudio desde hace catorce años en el seno de una Comisión de Estudios de la OMC.

Mercado Común del Sur – MERCOSUR

Suscripto a través del Tratado de Asunción el 26 de marzo de 1991. Miembros Plenos: Argentina, Brasil, Uruguay Paraguay. En 1994, los acuerdos en el marco de ALADI se flexibilizarán gracias al ingreso de México al NAFTA, que forzó a reinterpretar el Articulo 44, que estipulaba compensaciones que aquel país debería otorgar a los miembros de ALADI que se lo exigieran. También en 1994, en el marco de estos acuerdos de “Nueva Generación” se lanza el Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA).

El MERCOSUR seguirá avanzando en sus acuerdos:

Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica N° 35 MERCOSUR – Chile

Suscripto en Potrero de los Funes, San Luis el 25 de junio de 1996. Objetivo: alcanzar una ZLC en un plazo de diez años, a través de un Programa de Liberación Comercial. Es un instrumento de “Nueva Generación” que incluye disciplinas en materia de: régimen de origen, medidas de salvaguardia, inversiones, integración física y otros. La imposibilidad de Chile de transformarse en miembro pleno del MERCOSUR está dada por la adopción que debería hacer del Arancel Externo Común (AEC). Chile, en este momento, tiene un arancel de 5 ó 6 puntos, muy bajo en la región; mientras que MERCOSUR cuenta con un AEC de entre 18 y 21 %. En ese momento se crea el status de “país asociado”, con la firma de una ZLC con el MERCOSUR. Esta categoría de países puede participar de las reuniones técnicas del MERCOSUR que solicite.

Acuerdo de alcance parcial de complementación económica n° 36 MERCOSUR - Bolivia

Suscripto en Fortaleza, Brasil el 17 de diciembre de 1996. Objetivo: alcanzar una ZLC en un plazo de diez años, a través de un Programa de Liberación Comercial. Es un instrumento de “Nueva Generación” que incluye disciplinas en materia de: régimen de origen, medidas de salvaguardia, obstáculos técnicos al comercio, medidas fito y zoosanitarias y otros.

MERCOSUR - Comunidad Andina

El 16 de abril de 1998 los países andinos y MERCOSUR suscriben un acuerdo de ZLC. Agosto 1999 ACE 39 Brasil /Comunidad Andina Junio 2000 ACE 48 Argentina/ Comunidad Andina El 6 de diciembre 2002 ACE 56 MERCOSUR / Comunidad Andina

Este acuerdo se viene trabajando desde el año 1994 en diferentes etapas. Hasta ahora, los acuerdos no habían avanzado, fundamentalmente porque MERCOSUR siempre vio a la UE y a EEUU como sus principales mercados, mientras que la CAN siempre vio a EEUU como su socio principal. En la década del ’80 el acuerdo birregional era casi nulo. En la década del ’90 se comienzan a multiplicar los acuerdos bilaterales entre países de MERCOSUR y CAN y entre el Mercado Común del Sur y países andinos por separado.

En diciembre de 2002, una Reunión de Cancilleres decidirá destrabar las negociaciones, flexibilizar y dar la oportunidad a que tanto países del MERCOSUR como de la CAN negocien de la forma que quieran. De esta forma se espera sumar acuerdos para alcanzar la zona de libre comercio sudamericana. En enero de 2003 MERCOSUR decide seguir las negociaciones como bloque y comienza una negociación con Perú. El avance logrado por Perú en ese momento hizo que seis meses después los otros tres, Colombia, Venezuela y Ecuador, se lanzaran a negociar un acuerdo de complementación económica (ZLC) con los cuatro países del MERCOSUR.

ACE 58: MERCOSUR – Perú

Marco Normativo
Suscripto en la ciudad de Lima, Perú, el 25 de agosto de 2003. Sin embargo, está entrando en vigencia recién esta semana, a causa de una traba en un acuerdo bilateral entre Perú y Uruguay.

Los aspectos normativos del acuerdo, destinados a crear un marco jurídico que contribuya a la seguridad y a la transparencia del relacionamiento económico-comercial y promueva la integración entre las partes, contiene los siguientes aspectos:

A.- Medidas antidumping y compensatorias
B.- Prácticas restrictivas de la libre competencia
C.- Normas, Reglamentos técnicos y Evaluación de la conformidad
D.- Medidas Sanitarias y Fitosanitarias
E.- Régimen de Salvaguardias
F.- Solución de Controversias

Asimismo, el Acuerdo establece el compromiso de avanzar en temas como:

A.- Promoción e intercambio de información comercial
B.- Servicios
C.- Inversiones y Doble Tributación
D.- Transporte e Infraestructura
E.- Complementación Científica y Tecnológica

El Acuerdo se encuentra en proceso de Protocolización en la ALADI

ACE 59: MERCOSUR – Colombia, Ecuador y Venezuela

Marco Normativo
Suscripto en la ciudad de Montevideo, Uruguay, el 13 de diciembre de 2003 y protocolizado el 18 de octubre de 2004. En este acuerdo la negociación se trabó por un problema en el acuerdo bilateral Paraguay – Ecuador, que llevó cerca de ocho meses resolver. Hace un mes que el ACE 59 está en vigencia. La Aduana Argentina está aplicando este convenio desde el 1º de abril de 2005.

Todo acuerdo comercial cuenta con un marco normativo, compartido por todos los países. Cuenta además con apéndices comerciales preferenciales, con las correspondientes listas de productos.

Los aspectos normativos del acuerdo, destinados a crear un marco jurídico que contribuya a la seguridad y a la transparencia del relacionamiento económico-comercial y promueva la integración entre las partes, contiene los siguientes aspectos:

A.- Medidas antidumping y compensatorias
B.- Prácticas restrictivas de la libre competencia
C.- Normas, Reglamentos Técnicos y Evaluación de la conformidad
D.- Medidas Sanitarias y Fitosanitarias
E.- Régimen de Salvaguardias
F.- Solución de Controversias

Asimismo, el acuerdo establece el compromiso de avanzar en temas como:

A.- Promoción e intercambio de información comercial
B.- Servicios
C.- Inversiones y Doble Tributación
D.- Transporte e Infraestructura
E.- Complementación Científica y Tecnológica

Reunión de Puerto Iguazú del MERCOSUR

En esta reunión de julio de 2004 se diseñan las condiciones para la asociación de los Países miembros de la ALADI al MERCOSUR:

Suscribir Acuerdo de Libre Comercio con el MERCOSUR. Presentar solicitud al Consejo del Mercado Común a través PPTM. Adherir al Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile. Adherir a la “Declaración Presidencial sobre Compromiso Democrático en el MERCOSUR “ 25-06-96 Potrero de Funes. La condición será atribuida por Decisión del Consejo.

Iniciativa para la Integración de la Infraestructura Regional Suramericana (IIRSA)

Es una iniciativa lanzada por el Presidente Cardoso en el año 2000, en el marco de una Reunión de doce Presidentes de América del Sur. Refleja la voluntad política de Brasil de sumar a toda América Latina al proyecto de Integración Económica. Países :
10 países de la ALADI de Sudamérica, Guyana y Suriname

Objetivos básicos:
Desarrollar y modernizar la infraestructura de América del Sur en forma integral e integrada.
Mejorar la competitividad y la inserción de las economías Suramericanas a nivel internacional.
Promover el desarrollo económico y social de los países de América del Sur.
Financiamiento: CAF, BID y FONPLATA.

Comunidad Sudamericana de Naciones

Marco Referencial
La creación política de la Comunidad Sudamericana de Naciones (CSN) se produjo el 8 de diciembre de 2004 en Cusco, en el marco de la Reunión de Presidentes de América del Sur. Los mandatarios de doce naciones decidieron construir la CSN a partir de la convergencia gradual entre la Comunidad Andina y Mercosur, sumando a Chile y luego a Guyana y Suriname.

En la Declaración del Cusco, los Presidentes de los países de América del Sur decidieron conformar la Comunidad Sudamericana de Naciones (CSN) que se desarrollará a través del impulso de los siguientes procesos:

A.- concertación y coordinación política;
B.- profundización de la convergencia entre el MERCOSUR y la CAN y Chile, y asociación de Guyana y Surinam a ese proceso;
C.- integridad de la infraestructura de transporte, energía y comunicaciones con base en la profundización de las experiencias regionales, subregionales y bilaterales existentes;
D.- iniciativas de desarrollo rural;
E.- transferencia de tecnología y cooperación en las áreas de ciencia, educación y cultura; y
F.- interacción entre las empresas y la sociedad civil

En cuanto al marco institucional, la Declaración del Cusco acordó que la Comunidad Sudamericana de Naciones (CSN) se establecería progresivamente sobre la base de la institucionalidad existente, sin superposición de esfuerzos y sin nuevos gastos financieros.

1ra Reunión de Vicecancilleres
Lima, Perú

A los efectos de iniciar el proceso de conformación de la comunidad, el último 7 de marzo se llevó a cabo en Lima, Perú, la 1ra reunión de Vicecancilleres de los países miembros, en la cual se acordó:

La naturaleza más amplia, estratégica y política de la CSN hace necesario que su conducción sea realizada al más alto nivel, por parte de los Presidentes de las Repúblicas sudamericanas, asesorados por sus Cancilleres.

Estas reuniones reemplazarán las denominadas “Cumbres Sudamericanas” y tendrán lugar una vez al año, pudiendo coincidir, en forma alterna, con las reuniones Cumbres del MERCOSUR y de la CAN.

Corresponderá a los Presidentes definir las grandes directrices estratégicas para la construcción de la Comunidad.

La coordinación de posiciones de los países integrantes de la CSN y la preparación de la reunión de Cancilleres, deberá ser una atribución de los Vicecancilleres. La reunión de Cancilleres tendrá lugar dos veces al año y por lo menos con esa frecuencia, se desarrollará las de Vicecanciller.

En la reunión, los Vicecancilleres trataron el cronograma de las futuras reuniones. En ese sentido confirmaron la realización de la 1ra Reunión de Cancilleres para los días 7 y 8 de abril, en Brasilia.

Ante la poblada agenda de Presidentes y Cancilleres, la Secretaría Pro Tempore (Perú) tomará contacto con las Cancillerías de los países miembros, a fin de definir la fecha del resto de las reuniones previstas.

En consulta: Cumbre de Presidentes para fines de agosto o principios de septiembre 2005.

Convergencia MERCOSUR – CAN

Conformación del Espacio de Libre Comercio
Algunas consideraciones:

La Declaración de Cusco establece como una de las bases de sustentación de la Comunidad Sudamericana, la conformación de la zona de libre comercio, basándose en el acercamiento entre el MERCOSUR, la CAN y Chile y la asociación de Guyana y Suriname.

Establece que la conformación de la zona de libre comercio deberá basarse en la Resolución 59 del Consejo de Ministros de la ALADI, del 18 de octubre de 2004.

El estado de situación de los Acuerdos es el siguiente:

MERCOSUR – CAN

Los acuerdos parciales, antecesores al Tratado MERCOSUR – CAN, dieron sustento para el nacimiento de la Comunidad Sudamericana de naciones. Si bien el tema comercial, que llevará complicadas negociaciones es importante, también existen otros ejes, como el desarrollo de IIRSA, temas políticos vinculados a la seguridad, lo social y lo educativo. Existe un enorme abanico de temas de interés común.

Con la reciente suscripción del ACE 59, se completa la red de acuerdos entre los esquemas de integración subregionales, compuesta por el ACE 36, el ACE 58 y el citado ACE 59. El perfeccionamiento de la zona de libre comercio entre ambos bloques se dará con la convergencia de las desgravaciones arancelarias contenidas en los Programas de Liberación Comercial que contienen los acuerdos.

MERCOSUR - Chile

Desde 1996 está en vigencia el ACE 35, por lo cual se encuentra muy avanzado el Programa de Liberación Comercial del mismo.

-Chile – Países Andinos

Chile ha suscripto Acuerdos destinados a establecer zonas de libre comercio con Colombia(ACE 24), Ecuador(ACE 32), Venezuela(ACE 23), faltando únicamente uno con Bolivia para conformar la zona de libre comercio con la CAN.

<Rol de la Secretaría General de la ALADI y de la CAN

En el marco señalado, se estima conveniente que las secretarías elaboren - tomando como base estudios sobre convergencia de los acuerdos – en una primera etapa, un documento con el estado de situación de los programas de liberación de los acuerdos de libre comercio citados y un comparativo de las disciplinas comerciales que contienen.

Asimismo, deberían realizar un estudio que contenga alternativas para la incorporación a la zona de libre comercio de Guyana y Suriname, tomando en consideración la normativa institucional del TM 80. En este estudio deberán analizarse los condicionamientos que estos países tienen derivados del Tratado revisado de Chaguaramas.

El Ministro Gustavo Moreno es Subsecretario de Integración Económica Americana y MERCOSUR, de la Dirección de Integración Económica Latinoamericana de la Cancillería argentina.

Graciela Baquero