FECOBA informa modificación en la Categorización de las Pymes
• Firma de Convenio entre FECOBA y Tecnología e Información para Empresas S.A • FECOBA informa modificación en categorización de Pymes • Nuevo Plan de Facilidades de Pago extendido con ventajas para las Pymes • Presentación de la “Evolución del Sistema de Riesgos del Trabajo”
Se presentó el proyecto PILAR CAME
Firma de Convenio entre FECOBA y Tecnología e Información para Empresas S.A
Previo a la reunión de Consejo Directivo de la Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -FECOBA-, el Presidente Fabián Xavier Castillo junto al Secretario General de la Entidad Sergio H. Lamas firmó un convenio con la empresa Tecnología e Información para Empresas S.A. (TeIPESA) con el objetivo de brindar nuevos servicios a sus asociados.
La presentación del proyecto PILAR CAME, que se lanzará oficialmente en el mes de noviembre, estuvo a cargo del Presidente de TeIPESA Martín Trubycz, quien explicó que esta nueva plataforma de servicios digitales de fácil acceso ofrecerá alternativas para abordar las problemáticas financieras que presenta el mercado para con las pymes.
Entre los servicios que alcanzará se encuentran: la provisión de información comercial (INFODATA), capacitación, financiamiento, asociación, generación de clientes y reducción de costos.
Ante este acuerdo satisfactorio, Fabian Xavier Castillo destacó que la evolución de esta herramienta será beneficiosa para el crecimiento y competitividad de las pymes
Para conocer más sobre PILAR CAME, haga clic aquí. Por consultas, enviar un correo electrónico a pilar@came.org.ar
FECOBA informa modificación en la Categorización de las Pymes
La Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA), informa que a través de la Resolución 519/2018, la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Producción de la Nación, ha modificado la categorización de las Pymes debido a la inflación.
Esta nueva normativa reestablece los límites de facturación anual de las Pymes, siendo la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa la encargada de definir las características de aquellas que serán consideradas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, pudiendo contemplar, cuando se justificara, las especificidades propias de los distintos sectores y regiones del país y con base en alguno, algunos o en todos los siguientes atributos: personal ocupado, valor de las ventas y valor de los activos aplicados al proceso productivo, generando de esta forma las únicas categorías válidas para ser considerado Pyme según actividad.
Para ser considerado Pyme, además de la facturación promedio de los últimos tres ejercicios, también se tendrá en cuenta al personal ocupado que surja del promedio anual de los últimos tres años. Los límites no han sufrido cambios respecto a la resolución previa.
Las empresas que se ubiquen dentro de estos nuevos parámetros estarán en condiciones de acceder a los beneficios que brinda la Ley Pyme como medidas de alivio en materia administrativa y fiscal, estímulos financieros, acceso a mejores créditos y fomento de inversiones.
Para acceder al texto de la Resolución 519/2018: http://www.fastmsolutions.com/link.php?M=20666&N=1193&L=442&F=H
Para inscribirse en el Registro Pyme: http://www.fastmsolutions.com/link.php?M=20666&N=1193&L=440&F=H
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 15 de agosto de 2018.